Requisitos ambientales y comercio internacional

 

--Jorge Cabrera--


Los requisitos ambientales impuestos a los productos y a los procesos de producción han comenzado a ser objeto de especial atención debido a sus efectos sobre el acceso a los mercados y la competitividad de las empresas, especialmente tratándose de las pequeñas y medianas localizadas en países en desarrollo. Tales requisitos, que o son planteados por reglamentaciones jurídicamente obligatorias o son instrumentos de carácter voluntario, conllevan oportunidades y también riesgos para los productores, particularmente en los países en desarrollo. El tema resulta especialmente relevante en tanto la Declaración Ministerial de Doha instruye al Comité de Comercio y Ambiente de la Organización Mundial de Comercio (OMC) a estudiar el efecto de las medidas ambientales sobre el acceso a los mercados con el propósito de identificar cómo la reducción o eliminación de las restricciones o distorsiones comerciales favorecería el ambiente, el comercio y el desarrollo.

Esos requisitos, que son variados, revisten la forma de normas de carácter voluntario, de reglamentos técnicos obligatorios, de normas de etiquetado (incluyendo el etiquetado ecológico) y de regulaciones sobre el embalaje de productos y el cumplimiento de ciertas medidas sanitarias y fitosanitarias. Los reglamentos y normas pueden establecer requisitos relacionados con el contenido de los productos, con la prohibición del uso de ciertas sustancias o procesos, con el contenido de materiales reutilizados que debe poseer el producto, con su reciclabilidad y degradabilidad, con los contenidos máximos de determinados tipos de residuos químicos, etcétera. Igualmente, un número creciente de acuerdos voluntarios concertados entre los vendedores, compradores y organizaciones no gubernamentales han comenzado a jugar un papel importante en la demanda de determinadas características de los productos.

Según la Unctad, las notificaciones a la OMC producidas en virtud del Acuerdo de Obstáculos Técnicos al Comercio han aumentado desde un 9,7 por ciento en 1991 a un 15,6 por ciento en 2000, aunque disminuyeron a 11,1 por ciento en 2001. Asimismo, cualitativamente los requisitos ambientales muestran una tendencia a ser más estrictos y complejos. Por ejemplo, los límites máximos de ciertas sustancias se han incrementado al punto de que muchas veces no son detectables utilizando el equipo existente en los países en desarrollo. En los sectores electrónico, alimentario y textil existe un número mayor de sustancias que se encuentran prohibidas.

En Europa se ha echado mano del concepto de responsabilidad ampliada de los productores, que es "un planteamiento de la política ambiental en cuyo marco la responsabilidad de un productor, material y/o financiera, en relación con un producto se amplía a la etapa postconsumo del ciclo de vida de un producto". Una de sus características fundamentales consiste en transferir la responsabilidad al productor en lugar de al estado o a la sociedad en general. Particularmente significativas han resultado las exigencias de aceptar devoluciones, por ejemplo de baterías, de automóviles, de aparatos eléctricos y de embalajes, con lo cual el productor debe hacerse cargo de recibir y disponer adecuadamente de ellos como un requisito para, en este caso, su importación. Éstas y otras disposiciones han comenzado a proliferar, para algunos de manera preocupante y desordenada. Potencialmente ello trae consigo ventajas y desventajas.

En primer lugar, muchos de los requisitos ambientales se aplican a sectores de especial interés para los países en desarrollo, como el de los textiles y los de productos pesqueros y forestales. En segundo término, estas disposiciones pueden afectar especialmente a pequeñas y medianas empresas, las cuales carecen del acceso oportuno a la información y de la posibilidad de reconvertir rápida y fácilmente sus procesos productivos para hacer frente a las nuevas exigencias de los mercados. En tercer lugar, muchos de estos productos son especialmente sensibles a un aumento en los costos de producción, el cual puede tener importantes consecuencias en la competitividad de estos productos en los mercados de exportación. En cuarto lugar, no siempre se cuenta con la información apropiada y oportuna; los costos de realizar los análisis y la disponibilidad de laboratorios y equipos adecuados no resulta siempre sencilla. Por último, la participación de los países en desarrollo en la formulación de muchas de las normas internacionales que luego les serán aplicadas en el marco de procesos nacionales no es la más adecuada por razones financieras. En ocasiones, las tecnologías disponibles se encuentran protegidas por derechos de propiedad intelectual y ello dificulta su acceso -un argumento mencionado por India en diversos foros ante las dificultades para cumplir con los requisitos del Protocolo de Montreal. Muchos observan estas nuevas regulaciones como barreras no arancelarias en el comercio y como un obstáculo al desarrollo de los países por la vía del comercio internacional.

Sin embargo, a la vez surge un importante mercado de oportunidades para los llamados bienes ambientalmente preferibles, que pueden crear nichos para ciertas actividades especialmente relacionadas con el uso de recursos naturales. Tal es el caso de los productos forestales, pesqueros y de la agricultura orgánica, aun cuando para la promoción de estas actividades como sostenibles se requiere igualmente un proceso de certificación ambiental que puede resultar relativamente costoso para ciertas unidades de mercado. Asimismo, la adopción de tecnologías y procesos de producción más limpios puede beneficiar el ambiente y la salud de los países exportadores, trayendo entonces beneficios globales más tangibles. A pesar de ciertos esfuerzos, especialmente de carácter no gubernamental, debe reconocerse que aún falta un importante camino por recorre en esta materia, comenzado por el espinoso tema de las definiciones de lo que constituye un bien o servicio ambiental objeto de negociaciones en el seno de la OMC en estos momentos. Igualmente, las ventajas reales del mercado para los bienes ambientalmente preferibles todavía restan por verse.

En conclusión, los mercados, especialmente de Europa, cada vez más buscarán imponer requisitos ambientales a los productos y procesos, los cuales en algunos casos representarán un impacto en la forma tradicional de producir ciertos bienes y en general sobre la competitividad de las industrias. A ello se suman los crecientes alianzas entre importadores, detallistas y consumidores que tienden a demandar cierta calidad de los productos y los procesos, como un requisito voluntario del consumidor. Hacer frente a los retos que ello supone y aprovechar las ventajas que puede deparar resulta imperativo para un país en desarrollo con un importante contenido de sus exportaciones basadas en el uso de recursos naturales diversos.

 

Jorge Cabrera, especialista en derecho ambiental, es profesor en la Universidad de Costa Rica y abogado del Instituto Nacional de Biodiversidad.