Garantías
ambientales para la sustentabilidad
Con
el discurso de toma de posesión del presidente Pacheco, la actual administración
ha asumido diversos compromisos frente al ambiente: desde la puntual prohibición
de la minería metálica a gran escala y de la exploración y la explotación
petroleras, hasta algo de alcance tan global como la introducción de un capítulo
sobre garantías ambientales en la Constitución Política.
En
materia ambiental es conocida la dificultad de ejercer la defensa del ambiente
por medio de la aplicación de la legislación respectiva. De igual forma, los
mecanismos de control y seguimiento -cuando existen- han mostrado su
ineficiencia. Y, además, hay ausencia de instrumentos eficaces que garanticen
la responsabilidad por daños ambientales. Ante esto, la reforma constitucional
es más que pertinente; con ella el país estaría reconociendo en la Constitución
derechos humanos de solidaridad -o tercera generación- que servirían de base
para el desarrollo de los derechos ambientales que la población que habita
nuestro país posee. Así, estos derechos adquirirían el carácter de
irrenunciabilidad, lo que se sumaría a la obligación estatal de velar por su
cumplimiento. Nuestra Constitución Política estaría dando, pues, un giro
parcial hacia las nuevas tendencias globales que, en lo jurídico, reconocen a
la colectividad como sujeto de derechos, basándose, entre otros, en los
principios de solidaridad y justicia social.
Creemos
que, entre otros aspectos, las garantías ambientales deberían contemplar lo
siguiente: (1) Mantener el actual artículo 50 de la Constitución, donde se
establece el derecho humano a contar con un ambiente sano y ecológicamente
equilibrado y se reconoce a la colectividad como sujeto de derecho; igualmente,
hay que mantener otros artículos constitucionales en los cuales existe
normativa ambiental. (2) Definir que el modelo de desarrollo nacional es la sustentabilidad,
que se caracteriza por una reducción en la cantidad y un mejor aprovechamiento
en el uso de los recursos naturales considerando el principio precautorio; la
maximización social en el uso de los recursos ambientales; la protección de la
permanencia de las funciones de la naturaleza, sus procesos ambientales, su
biodiversidad; la participación creciente y efectiva de la población en la
toma de decisiones y la búsqueda de relaciones justas y balanceadas entre géneros
y generaciones actuales y futuras. (3) Establecer la obligación de contar con
una institucionalidad ambiental pública que disponga anualmente de un
porcentaje determinado del presupuesto nacional para evitar lo que existe hoy:
instituciones débiles, de segunda categoría y sin poder realizar las funciones
básicas de control y monitoreo antes y después de, por ejemplo, otorgar
permisos. (4) Reafirmar el carácter de dominio público de diversos bienes
como, entre otros, los recursos minerales, hídricos y genéticos. (5)
Establecer la posibilidad de que el estado declare la protección absoluta de áreas
geográficas y de especies. (6) Establecer que la legislación nacional e
internacional comercial y de otra naturaleza debe fortalecer y no contradecir
las garantías ambientales.
El
reconocimiento e incorporación de las garantías ambientales a nuestra
Constitución debiera implicar directamente un giro en el modelo de desarrollo
predominante en el país. Tales garantías no pueden ser solo nuevos artículos
que nos faciliten disertar sobre novedosas implicaciones y teorías para así
alegrarnos por los avances jurídicos. La principal consecuencia de ellas
debiera ser, en primera instancia, acabar con el modelo depredador de nuestros
recursos naturales, y es en este aspecto donde el gobierno deberá implementar
políticas, incentivar cambios y sancionar conductas para garantizarnos que la
reforma constitucional tendrá vida.
La oposición a la reforma constitucional será fuerte, porque ante la previsible afectación a intereses privados éstos pueden soliviantarse. La administración Pacheco deberá continuar con el mismo ímpetu que ha demostrado hasta el momento, procurando consensos donde éstos sean factibles sin abandonar nunca lo que se persigue. Deberá mostrar con hechos que la protección ambiental y la sustentabilidad son derroteros de esta administración. Las garantías ambientales podrán constituirse en una nueva herramienta para que los procesos que desde muchas comunidades y organizaciones se impulsan tengan mayores ecos y alcances.
Isaac
Rojas
El
autor, abogado, es miembro de Coecoceiba-Amigos de la Tierra y presidente de la
Federación para la Conservación del Ambiente.